9 de diciembre de 2015

En el Senado, que no te pongan las cruces

Papeleta elecciones al Senado 2015. Murcia

Mucho se viene hablando sobre la necesidad de reformar el sistema electoral español, basado en el llamado sistema proporcional, que es aquel, que adoptan algunos países democráticos, para otorgar los escaños en reparto, de manera proporcional a los votos obtenidos por las distintas candidaturas, a diferencia, de los sistemas denominados mayoritarios, que a través de una segunda vuelta en las urnas, están enfocados a conseguir mayor respaldo al gobierno. El sistema electoral español, es para muchos expertos, el más desproporcional dentro de los sistemas proporcionales, debido en buena parte, a los distritos electorales o circunscripciones, que como es sabido en España los forman las provincias, según el artículo 68.2 de la Constitución y que en la práctica supone, que muchos de los votos recibidos por los partidos no alcancen a obtener representación parlamentaria, por estar muy limitado el número de elegibles en determinadas provincias, atendiendo a su población, perdiendo los partidos menos votados un número de votos que sumados a los de otras provincias si les otorgarían representación parlamentaria en el caso de que si existiese una circunscripción única.

Este hecho que parece razonable, constituye sin embargo, uno de los mayores reproches que se le hacen a nuestro sistema electoral. En su favor, podemos decir, que en España se han celebrado con el mismo sistema electoral y desde la instauración de la democracia, 11 Elecciones generales y 159 elecciones autonómicas, dándose en sus resultados todos los casos posibles, mayorías absolutas, mayorías simples y minorías, tanto de un color o de otro.

El otro gran reproche que se le hace a nuestro sistema electoral, es la utilización de las listas cerradas, reivindicándose desde muchos sectores, la necesidad de abrirlas, para que el elector pueda decidir más directamente a sus representantes en la cámara. Y es este, el motivo que me han llevado a escribir este artículo, pues en el Senado ¡ya tenemos listas abiertas!. Las tenemos desde la creación del actual sistema electoral. En el Senado y según la LOREG en su artículo 175 los electores pueden elegir directamente a los senadores de su provincia marcando tres cruces en la papeleta, que no tienen por que coincidir, ni con el mismo partido, ni tan siquiera con el orden con el que aparecen dentro del mismo partido en la papeleta.

En las elecciones al Senado, podemos elegir a las personas que más conozcamos, podemos votar a candidatos de distintos partidos o guiarnos por cualquier arbitrariedad que se nos ocurra, la única limitación, es que votemos o hagamos un máximo de tres cruces en las elecciones a la provincia, dos en el caso de votar en una de las islas mayores o en el caso de hacerlo en las ciudades autónomas. De esta forma, los españoles, podemos ejercer mejor nuestra libertad de voto, al tiempo que demostramos una mayor madurez democrática, pues hasta la fecha, la diferencia entre los votos a partidos en el Congreso y los votos a candidatos al Senado, han tenido escasa diferencia, lo que puede hacer creer a los legisladores que las listas abiertas no tienen sentido democrático.

C E R C A N Í A S... ALB-JUM-ALC (Breve comentario sobre cosas cercanas)

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